El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en una reciente decisión de cuestiones prejudiciales, ha dictaminado que el Derecho de la Unión no se opone a la normativa francesa que permite la recopilación de datos en Internet mediante la dirección IP del usuario con fines de investigación de posible responsabilidad penal en materia de vulneración de derechos de autor.
El TJUE ha establecido que, si bien es posible acceder a datos como las direcciones IP con ciertas condiciones para fines de investigación penal, es esencial que se salvaguarden los derechos de los usuarios en línea. En particular, se deben observar determinados criterios escritos de conservación de datos para evitar cualquier intromisión injustificada en la vida privada de los individuos.
En conclusión, esta sentencia del TJUE sienta un precedente significativo en el ámbito de la legislación digital y la protección de los derechos fundamentales en línea, destacando la importancia de encontrar un equilibrio entre la capacidad de persecución efectiva de infracciones de derechos de autor y la protección de la privacidad en el entorno digital.